Complex Problems
Tarjeta de Residencia Para Padres Maltratados o Abusados, Cónyuge o Hijo
El padre (hijo debe ser USC NO LPR), hijo o cónyuge de un ciudadano de EE.UU. o residente legal permanente que ha sido maltratado (o sujeto a crueldad extrema), y el ciudadano de los EE.UU. padre / esposo / hijo se niega a presentar su petición de inmigración, puede ser capaz de auto-petición bajo las disposiciones de la Violencia contra las Mujeres (VAWA).
Bajo las leyes de inmigración, las siguientes acciones por el ciudadano de los EE.UU. (titular de tarjeta de residencia) el agresor puede permitir calificar bajo VAWA.
- Tratamiento
- Golpes
- La explotación sexual
- Se usa para tratar de deportar a los inmigrantes o su vez él / ella a las autoridades migratorias.
- Tratamientos u actos de violencia contra otra persona con el fin de alterar el comportamiento de los inmigrantes.
Algunos de los requisitos para los casos de VAWA:
- Prueba de agresión o crueldad extrema. Ejemplo: informe de la policía, orden de protección, informes médicos, declaraciones juradas (de los trabajadores sociales, policías, miembros del clero, etc.), las pruebas fotográficas, la estancia en el albergue de personas maltratadas, la opinión de un psicólogo o profesional de la salud mental.
- La evidencia de su estatus migratorio del abusador (el USCIS puede proporcionar esto)
- Evidencia de la relación jurídica con el agresor
Cónyuge o un hijo tiene que demostrar que él / ella:
- Vive en los Estado Unidos con el agresor o de su cónyuge USC o LPR / padre
- Fue maltratado o sujeto a crueldad extrema durante el matrimonio
- El matrimonio fue de buena fe
- Elegible para el familiar inmediato o el estado de preferencia
- Tiene un buen carácter moral
- La deportación resultaría en dificultades extremas para usted mismo, o para su hijo
NOTA: la auto-petición del cónyuge maltratado o abusado o hijo de un ciudadano de EE.UU. o de un residente permanente legal, puede presentar las pruebas pertinentes creíble en lugar de la evidencia sugiere.
Si usted ha sido maltratado o sujeto a crueldad extrema por parte de su ciudadano de EE.UU. o en una relación de residente permanente legal, entonces usted puede calificar para una tarjeta de residencia. Póngase en contacto con nuestra firma de abogados de inmigración de la ciudad de Nueva York al (800) 230-0744 o sscott@shanescottlaw.com o Skype: shanescottlaw.